Aborto legal en México: SCJN invalidó el concepto de “objeción de conciencia”

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró, este lunes 20 de septiembre, como contraria a la ley sobreponer la objeción de conciencia al derecho a decidir respecto a las mujeres y personas gestantes que deseen abortar, por lo cual exhortó al máxima autoridad judicial exhortó al poder legislativo federal y a los congresos locales a que corrija ese precepto en las leyes mexicanas y acoten límites para dicho concepto.

Una vez más el ministro ponente de la resolución fue Luis María Aguilar Morales, quien explicó que se declararon válidos los derechos de libertad religiosa y de conciencia; sin embargo, aclaró que éstos no pueden estar por encima de los derechos a la salud sexual y reproductivos de las mujeres y personas gestantes.

Agregó que, en caso de sobreponer la objeción de conciencia a la materialización de los derechos consagrados en el artículo primero constitucional, se violentaría el derecho a la igualdad y se caería en un acto de discriminación contra las mujeres y personas con capacidad de gestar que deseen interrumpir su embarazo.

Fuente: Infobae

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