
Ya existe. Aunque el Congreso local analiza tipificar el reclutamiento para organizaciones delictivas como delito en el Código Penal de Jalisco, el magistrado Daniel Espinoza Licón considera innecesaria esa reforma.
Asegura que este tipo de conducta ya está contemplada en leyes federales, como la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Trata.
Subraya que más que crear nuevas figuras, se requiere que el Ministerio Público realice investigaciones exhaustivas que permitan aplicar correctamente el delito ya existente.
La investigación es clave. El magistrado Daniel Espinoza Licón explicó que el tipo de delito que se configura al privar de la libertad a una persona depende del fin con el que se comete.
Detalló que las leyes generales en materia de trata de personas, desaparición forzada y secuestro ya contemplan sanciones diferenciadas y severas.
Reiteró que corresponde al Ministerio Público investigar a fondo para saber con qué fin se privó de la libertad a la víctima, y con base en eso, aplicar la figura penal y sanción adecuadas.