
La Suprema Corte de Justicia de la Nación le dio un revés al Congreso del estado de Jalisco quitando el requisito donde las personas que pretenden dirigir la Comisión de Búsqueda y la de Víctimas, no puedan participar, si han sido sentenciadas por delitos dolosos, criterio que ya había establecido con anterioridad, la cual obligará a una nueva reforma a la ley.
“Es un error que no se haya corregido en todas las demás leyes si ya habían una determinación de la Suprema Corte que no se armonicen todo el catálogo de leyes del estado de Jalisco, que más que un error una omisión”.
Aseguró que por ello ya no deben pedir el requisito de la carta de no antecedentes penales.
Alejandra Gómez