El pleno del Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la Ley Federal de Revocación de Mandato tras reanudar la discusión cerca de la media noche, luego de tomar casi ocho horas de receso.
La primera votación culminó cerca de las 02:00 horas de este viernes y contó con 101 sufragios a favor y dos en contra, aunque quedaron varios artículos reservados para continuar con el debate entre los integrantes de la Cámara Alta.
Varios minutos después, a las 02:15 horas se dio a conocer que con 98 votos a favor y dos abstenciones se admitió el artículo reservado en los términos del dictamen que expide la Ley de Revocación de Mandato, por lo que quedó totalmente aprobada.
Este nuevo ordenamiento, que sufrió modificaciones en 29 artículos, establece que, entre otras cosas, el 3% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores podrá solicitar esta Consulta Popular para que el mandatario en turno termine su periodo de manera anticipada. Sin embargo, la petición debe corresponder a por lo menos 17 estados de la República que representen, como mínimo, el 3% de los electores de cada una.
No obstante, el resultado sólo será vinculatoria si participa al menos 40% de los electores durante la votación realizada en la fecha pactada.
También señala que el Instituto Nacional Electoral será la dependencia encargada de garantizar los principios de legalidad e imparcialidad en el proceso. Y, finalmente, queda prohibido el uso de recursos públicos para la recolección de firmas de apoyo ciudadano.
Otras obligaciones que tendrá este organismo serán tener a disposición de los mexicanos, a más tardar el 1 de octubre de 2021, el formato para solicitar la revocación de mandato. Además de que tendrá que dar difusión a la convocatoria a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Fuente: Infobae

